El caso ha generado atención no solo por su dimensión legal, sino por su relevancia en el contexto de crisis hídrica y climática. La zona protegida forma parte de la cabecera de la cuenca del Elqui, donde confluyen glaciares, humedales altoandinos y otros ecosistemas que contribuyen a la regulación del caudal base, especialmente en periodos de escasez. La protección de estas áreas busca evitar intervenciones que puedan alterar su delicado equilibrio.
Sin embargo, la decisión también pone sobre la mesa interrogantes sobre el uso del territorio, los alcances del interés público ambiental y los derechos de propiedad. ¿Hasta qué punto debe la conservación prevalecer sobre la posibilidad de desarrollar proyectos en territorios privados? ¿Cómo se armoniza la necesidad de proteger zonas estratégicas para el ciclo del agua con las expectativas legítimas de los propietarios?
El fallo deja establecido que los derechos no se eliminan, sino que se regulan bajo nuevas condiciones, lo que ha sido valorado por algunos como una forma de equilibrio. Otros, en cambio, advierten que este tipo de decisiones podría generar incertidumbre jurídica si no se acompañan de instancias claras de participación y compensación.
Este caso puede marcar un precedente relevante para la creación de futuras áreas protegidas, especialmente en cuencas cordilleranas donde la presión por recursos naturales es cada vez mayor.
¿Es este un avance necesario para la sustentabilidad hídrica o un límite preocupante al desarrollo privado?
El debate está abierto.