Según el Código de Aguas, una Comunidad de Aguas se constituye cuando dos o más personas —naturales o jurídicas— tienen derechos de aprovechamiento sobre un mismo cauce artificial (como un canal o embalse) o sobre un sector hidrogeológico de aprovechamiento común.
A diferencia de las Juntas de Vigilancia, que velan por los intereses generales de toda una cuenca, las Comunidades de Aguas se enfocan en el interés directo de sus miembros: asegurar que cada comunero reciba la cantidad de agua que le corresponde conforme a sus derechos inscritos.
La Junta General de Comuneros es la máxima autoridad de la Comunidad. En ella, los usuarios toman acuerdos sobre:
Cada comunero tiene derecho a un voto por acción, pudiendo comparecer personalmente o representado. La convocatoria debe realizarse conforme a las formalidades del Código de Aguas, y las decisiones se adoptan por mayoría absoluta.
El Directorio, por su parte, administra la comunidad, resuelve conflictos internos y representa legalmente a la organización. Entre sus atribuciones se encuentra velar por el cumplimiento de los derechos de agua, conservar las obras comunes y solicitar incluso el auxilio de la fuerza pública para garantizar la correcta distribución.
No todas las Comunidades de Aguas en Chile se encuentran legalmente organizadas. Existen aún “comunidades de hecho” que funcionan de manera informal, lo que limita su capacidad para ejecutar acuerdos, obtener financiamiento para obras de infraestructura, proteger sus derechos de aprovechamiento o resolver conflictos de manera eficiente.
Organizarse formalmente permite:
El marco jurídico que regula a las Comunidades de Aguas es complejo y se encuentra en constante evolución, especialmente tras las últimas reformas al Código de Aguas (2022), que reforzaron el carácter público del recurso y priorizaron el consumo humano y la preservación ecosistémica.
Por ello, la correcta interpretación de los estatutos, el cumplimiento de las formalidades legales y la defensa de los derechos de los comuneros ante tribunales o la Dirección General de Aguas requieren un acompañamiento especializado.
Además del acompañamiento en la organización formal y en la gestión interna, las Comunidades de Aguas enfrentan desafíos crecientes vinculados al cambio climático y a la seguridad hídrica. La disminución de caudales, los conflictos entre usuarios y la presión sobre los acuíferos exigen que estas organizaciones adapten sus estatutos y prácticas a un marco legal que se ha vuelto más estricto. En Valnor, asesoramos a comunidades y regantes para anticipar riesgos, ajustarse a las nuevas disposiciones legales y resguardar la sostenibilidad de sus derechos.
Otra dimensión crítica es la gestión de proyectos de infraestructura hídrica: entubamientos, revestimiento de canales, construcción de pozos o la postulación a concursos de la Comisión Nacional de Riego. Estos procesos requieren de respaldo jurídico para asegurar la correcta tramitación de permisos y evitar observaciones que retrasen su financiamiento o ejecución. Contar con asesoría legal especializada permite transformar la necesidad de modernización en una oportunidad de crecimiento y eficiencia para toda la comunidad.
En Valnor Abogados acompañamos a Comunidades de Aguas, asociaciones y juntas de vigilancia en todo el ciclo de su gestión: desde la constitución y regularización de derechos, hasta la resolución de conflictos internos o externos, pasando por la elaboración de estatutos, asesoría en asambleas, y representación judicial y administrativa.
Nuestro equipo combina la experiencia jurídica con el conocimiento técnico en gestión hídrica, permitiendo entregar soluciones concretas en un escenario donde cada gota de agua cuenta.
¿Su Comunidad de Aguas necesita apoyo para organizarse o resolver un conflicto?
Contáctenos y conozca cómo podemos ayudarle a fortalecer la gestión de sus derechos de agua.