¿Por qué y cómo inscribir tus derechos de agua en el Catastro Público? Una guía legal desde VALNOR

En Chile, la correcta inscripción de los Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA) en el Catastro Público de Aguas (CPA) es hoy más que nunca una obligación legal y una herramienta estratégica para asegurar la sostenibilidad hídrica del país. Desde VALNOR, firma especializada en derecho de aguas, explicamos por qué este registro —administrado por la Dirección General de Aguas (DGA)— es fundamental para quienes poseen, gestionan o planean usar derechos de agua en cualquier punto del territorio.

El Catastro Público de Aguas: una columna vertebral para la gestión del recurso hídrico

El CPA es un sistema público y oficial que registra los derechos de agua legalmente constituidos. Su finalidad no solo es garantizar seguridad jurídica a los titulares, sino también permitir una planificación eficiente del recurso hídrico, especialmente en contextos de sequía, sobreexplotación y cambio climático.

La reciente modificación al Código de Aguas —Ley N° 21.435— y su posterior ajuste mediante la Ley N° 21.727, establecen con claridad: todos los derechos de agua deben estar inscritos en el CPA a más tardar el 6 de abril de 2027. El incumplimiento puede acarrear multas de entre 51 y 100 UTM y, en ciertos casos, la pérdida del derecho por falta de uso o regularización.

¿Qué derechos deben inscribirse?

Todos aquellos que estén válidamente constituidos y no inscritos aún en el Catastro: ya sean de ejercicio permanente o eventual, de aguas superficiales o subterráneas, individuales o colectivos. La obligación recae tanto en derechos antiguos como en nuevos titulares.

Pasos para inscribirse en el Catastro Público de Aguas

Desde VALNOR, guiamos a nuestros clientes a través de este proceso con asesoría jurídica integral. A continuación, un resumen de las etapas generales:

1. Recolección de antecedentes

Reunir todos los documentos que acrediten el derecho de aprovechamiento: escrituras, resoluciones de la DGA, sentencias judiciales, inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y antecedentes técnicos, si aplica.

2. Ingreso a la Oficina Virtual DGA

A través del portal https://snia.mop.gob.cl/portal-web/, se accede con ClaveÚnica a la opción «Solicitud de Inscripción en el CPA».

3. Completar el formulario y adjuntar respaldo

La plataforma exige detallar la ubicación del punto de captación, caudal, uso del agua, entre otros datos. También se deben adjuntar los documentos antes reunidos.

4. Seguimiento de la solicitud

Una vez enviada, la DGA tiene hasta 45 días hábiles para emitir el certificado definitivo. Durante este tiempo, el solicitante puede revisar el estado del trámite en línea.

El valor de actuar a tiempo

La inscripción en el CPA no es solo un mandato legal: también es una forma de proteger el derecho frente a terceros, evitar conflictos, acceder a beneficios estatales e incluso ser considerado en procesos de redistribución o fiscalización. En tiempos de escasez hídrica, contar con un derecho formalmente reconocido es, en la práctica, un seguro de disponibilidad.

Nuestro compromiso como VALNOR

Como especialistas en legislación de aguas, en VALNOR acompañamos a particulares, comunidades agrícolas, juntas de vigilancia y empresas en la regularización, defensa e inscripción de derechos de agua. Este es un proceso técnico-legal que requiere experiencia, precisión y visión de largo plazo.

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Porque un derecho no inscrito… es un derecho en riesgo.